Los actos reclamados por los comuneros de San Juan de Guadalupe no constituyen actos
que afecten los derechos de propiedad de ningún ciudadano y por lo tanto, tampoco
limitan ni impiden la consulta pública relacionada con el Programa de Ordenamiento
Territorial ni sobre el Plan de Centro de Población que realiza el Ayuntamiento.
Las autoridades municipales señalaron que el amparo otorgado por las autoridades
judiciales no afecta la consulta, que sigue abierta a todos los ciudadanos y sectores de la
sociedad a ejercer su derecho presentando sus propuestas, las cuales deberán ser
escuchadas y atendidas oportunamente.
Asimismo, se hace notar que no existen actos del Ayuntamiento, ni del Instituto Municipal
de Planeación -IMPLAN-, que puedan trascender en el despojo, privación, sustracción,
arbitraria disposición y zonificación de las tierras de uso común en la superficie comunal.
Por lo anterior, es posible concluir que los programas sujetos a consulta pública y a
adecuarse como resultado de ese procedimiento participativo, no constituyen actos
definitivos que afecten los derechos de propiedad de ningún ciudadano.
Se aclara entonces, que se continúa con el proceso de consulta pública, la cual ha
registrado una importante participación de los diversos sectores.
Lo que es fundamental aclarar a la sociedad, es que el Ayuntamiento, a través del Instituto
Municipal de Planeación, ha emitido y publicado los proyectos del Programa Municipal de
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de San Luis Potosí, de fecha 23 de
diciembre de 2019 y del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de San
Luis Potosí de 30 de diciembre de 2019, los cuales seguirán sujetos a consulta pública.