También se aprobó la iniciativa que insta adicional al título segundo, el capítulo III “Del Balance Presupuestario Sostenible del Estado y los Municipios” y los artículos 37 Bis a 37 Quáter, por lo que el actual III pasa a ser capítulo IV, de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y los Municipios.
La presidenta de la Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal, diputada Laura Patricia Silva Celis, precisó que las iniciativas fueron promovidas por el diputado Ricardo Villarreal Loo, las cuales serán sometidas a consideración del pleno para su análisis y posible aprobación.
La iniciativa para modificar la Ley Estatal de Protección a los Animales, queda como sigue: Artículo 70, fracción XVI:- Vigilar que los albergues para refugio y adopción cumplan con los preceptos de esta Ley, contar con licencia vigente, y en cumplir con lo dispuesto en materia de bienestar animal.
Artículo 85.- De los ingresos obtenidos por los conceptos de multas establecidas en la presente ley, los ayuntamientos con base en su suficiencia presupuestal podrán destinar recursos a instituciones públicas o privadas que establezcan albergues para refugio y adopción de animales, de conformidad con las disposiciones aplicables.
En la exposición de motivos se señala que, “los refugios son un valioso instrumento para el cumplimiento de la Ley en materia de maltrato animal, sin embargo, hay que reconocer que estos centros enfrentan grandes desafíos, ya que lamentablemente los casos de abandono y maltrato animal son una constante”.
“La Dirección de Ecología del Ayuntamiento de la capital potosina, reportó que en un solo semestre del 2019, se reportaron 320 casos de perros callejeros y en estado de abandono que fueron recogidos por las autoridades y muchos de ellos van a los albergues”.
“Por estos motivos, resulta apremiante ampliar las fuentes de respaldo a los albergues de refugio y adopción de animales para que puedan seguir desarrollando sus funciones”.