SE BUSCA ATENDER Y RESOLVER CADA UNA DE LAS INICIATIVAS DE REFORMA A LA LEY QUE PROMUEVE LA CIUDADANÍA: DIP. MARTÍN JUÁREZ CÓRDOVA
Con el propósito de dictaminar las iniciativas ciudadanas, el diputado Martin Juárez Córdova, presentó una iniciativa para crear una Comisión Ex Profeso para atender Iniciativas Ciudadanas, tomando en cuenta que la iniciativa ciudadana es un mecanismo de participación popular y de democracia en el procedimiento para la creación de leyes.
El legislador expuso que las iniciativas ciudadanas tienen una particularidad que las hace diferentes de las demás, ya que conforme a los plazos de resolución establecidos en el artículo 92 de la Ley Orgánica de nuestro Congreso, para el caso de las iniciativas presentadas por los diputados; el Gobernador del Estado; el Supremo Tribunal de Justicia; y los ayuntamientos, que no hayan sido resueltas en los plazos dispuestos en los párrafos anteriores, el Presidente de la Directiva, o de la Diputación Permanente, declarará su caducidad, “pero las iniciativas ciudadanas no caducan, si no que deben ser turnadas por la Directiva a una comisión creada ex profeso, la que deberá resolver en un término máximo de tres meses”.
Por lo anterior, destacó que la creación de la Comisión Ex Profeso permitirá dictaminar las iniciativas Ciudadanas de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 84 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí; y el artículo 145 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de San Luis Potosí. Refirió que en la actualidad existen 94 iniciativas ciudadanas correspondientes a las legislaturas LX, LXI, y LXII.
En el Segundo punto, dijo que se plantea que la Comisión ex profeso, se integrará conforme a las disposiciones aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y, a propuesta de los integrantes de la Junta de Coordinación Política, debiendo iniciar sus funciones una vez publicada su aprobación en el Periódico Oficial del Estado e inmediatamente
después de tomar de protesta; debiendo presentar ante el Pleno del Congreso del Estado informe de actividades al termino de la función para la que ha sido creada. Su temporalidad no deberá de exceder del 14 de Septiembre del 2020.
El diputado Martín Juárez, puntualizó que su objeto será conocer y dictaminar las iniciativas que se encuentren pendientes, que hayan sido presentadas por ciudadanas exclusivamente o en acompañamiento legisladoras o legisladores, y que correspondan a las legislaturas LX, LXI, y LXII que por la temporalidad desde la fecha de presentación y hasta el 27 de abril del 2020, hayan excedido el plazo legal para dictaminar establecido en el párrafo segundo del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.
En su cuarto punto, y en base a sus atribuciones serán las de: a) Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la toma de protesta de sus integrantes, solicitará a los Presidentes de comisiones permanentes las iniciativas ciudadanas que no hayan sido dictaminados en el plazo establecido en el artículo anterior, para que le sean remitidas en el mismo término de 5 días hábiles; b) Establecer la coordinación con las comisiones o comités permanentes a las que les fue turnado originalmente las iniciativas, para allegarse de elementos que se hayan integrado en el proceso legislativo; c) Solicitar informes u opiniones técnicas en los casos en que considere necesario, y d) En general las atribuciones que se encuentren establecidas en la Leyes y Reglamentos para las comisiones permanentes de dictamen.
El legislador señaló que en lo que corresponde al quinto punto. La Comisión exprofeso deberá presentar al Pleno del Congreso del Estado, en un plazo no mayor a tres meses desde la toma de protesta de sus integrantes, los proyectos de dictamen de iniciativas Ciudadanas que se encuentren pendientes, y que correspondan a las legislaturas LX, LXI, y LXII que por la temporalidad en su fecha de presentación y hasta el 27 de abril del 2020, haya excedido el plazo legal para dictaminar establecido en el párrafo segundo del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.
Además, para el cumplimiento de sus funciones, la Junta de Coordinación Política le asignará los recursos materiales y humanos, que requiera para cumplir con su objeto. Mientras que en el punto sexto se plantea que la Comisión ex profeso sesionará bajo la misma normativa que aplica para las comisiones permanentes de dictamen legislativo.
La iniciativa fue turnada a las comisiones de Gobernación y de Puntos Constitucionales para su análisis y posteriormente turnarla al pleno para su posible aprobación.