Abrir un negocio es el proyecto de muchas familias que quieren echar a andar su espíritu emprendedor, así que, la Dirección de Comercio presenta algunas recomendaciones generales que serán de utilidad para consolidar este objetivo.
Primero, el interesado deberá acudir a la oficina a recoger solicitud de apertura de negocio y conocer la relación de requisitos que se deben cubrir. Desde luego, reciben la orientación necesaria sobre el tiempo y los costos de todo el proceso.
Enseguida se deberá integrar el expediente con la documentación requerida.
Vale la pena destacar que el inmueble donde se pretende instalar el negocio debe tener al corriente el pago del impuesto predial.
Después, el equipo de la Dirección de Comercio Municipal revisa que el expediente cuente con todos los requisitos solicitados, de ser así es ingresado al Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), de lo contrario se orienta al interesado sobre la información que deba agregar para asegurar que el expediente esté completo.
Con base en el giro de negocio que se pretende instalar, serán los dictámenes técnicos necesarios que se solicitarán. Por lo regular son dictámenes que emiten las direcciones municipales de Gestión Ecológica, Protección Civil, Comercio, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y de ser el caso, instancias externas como Bomberos y Gobernación.
Una vez que el expediente es ingresado al SARE, la Dirección General de Gestión Territorial y Catastro validará que el tipo de giro de negocio que se pretende abrir sea compatible con la zona de la ciudad en la que se instalará, esto de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial vigente en el municipio. Esta parte del proceso es fundamental, pues si no existe compatibilidad entre el giro de negocio y la zona de la ciudad donde se pretende ubicar, no será posible avanzar en el proceso de apertura.
El tiempo que lleva este proceso variará según el giro de negocio que se pretende abrir. Al ingresar el expediente se expide un número de folio con el que se podrá dar seguimiento al proceso.
Otra recomendación básica es que el trámite se haga de manera directa por parte del interesado, no es necesario apoyarse en intermediarios o coyotes.
Tampoco se debe caer en la trampa de comprar Licencias de Funcionamiento para venta o consumo de bebidas alcohólicas, que en ocasiones se ofertan a través de medios digitales, ya que acorde al artículo 22 de la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado, dichas licencias no podrán ser motivo de donación, cesión o venta, por lo que no podrán ser vendidas, cedidas, arrendadas, permutadas o gravadas; la única autoridad que puede expedir los permisos de manera legal es el Ayuntamiento de San Luis Potosí.
Lo más importante es que quienes buscan abrir un negocio sepan que no están solos, ya que el equipo de colaboradores de la Dirección de Comercio está para acompañarlos en el proceso, para que desde un inicio den pasos certeros que les permitan iniciar su proyecto de manera ordenada y segura.