El  Centro Estatal de Reinserción Social “La Pila”, cumplió con la medida dictada con las reformas a la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado, para hacer obligatoria la implementación de programas en materia de seguridad pública, para la adquisición, instalación y operación de bloqueadores de señales de telefonía que operen dentro del perímetro de los centros penitenciarios.

El diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, promovente de la iniciativa, realizó un recorrido por el Centro Estatal de Reinserción Social “La Pila”, para la revisión del funcionamiento de los equipos que permitan bloquear o anular de manera permanente, las señales de telefonía celular, de radiocomunicación, o de trasmisión de voz, datos o imagen, en el perímetro de centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, cualquiera que sea su denominación.

Explicó que, “aunque en San Luis Potosí los índices son muy bajos de los delitos de extorsión cometidos desde los centros penitenciarios, nosotros no nos íbamos a esperar a que se convirtiera en un problema como sucede en el Estado de México o en la Ciudad de México que es desde donde se comete el mayor número de delitos de extorsión, por eso, impulsamos y afortunadamente se aprobó esta reforma a la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado”.

En el Centro de Reinserción Social “La Pila”, ya se pudo comprobar que se instalaron y que funcionan correctamente los equipos para inhibir las señales de telefonía celular y de cualquier equipo de radiocomunicación, falta por realizar una revisión en los otros centros penitenciarios que existen en la entidad.

“Afortunadamente se cuenta con el respaldo del licenciado Jesús Juárez Hernández, director de Prevención y Reinserción Social y del Mto, Guzmar Ángel González Castillo, secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, para tomar las acciones necesarias que garanticen mejorar la seguridad dentro de los centros penitenciarios del estado”.

En la exposición de motivos del dictamen que adiciona al Título Décimo Sexto el artículo 175 Bis de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, se indica que dentro de los objetivos de las acciones en materia de seguridad pública, se encuentra la correspondiente a establecer programas y políticas públicas que de manera particular atiendan la prevención del delito, a partir de fenómenos criminológicos específicos. 

Es así que con esta reforma, se homologan las disposiciones con  la Ley General del Sistema de Seguridad Pública, que prevé el uso de instrumentos tecnológicos para el  bloqueo de señales de teléfonos celulares desde centros de internamiento para personas que se encuentran en proceso o compurgando una sentencia, ello con el fin de evitar la actividad criminal de la extorsión que se da desde esos sitios.