Con el respaldo de las autoridades comunitarias, y conforme a las leyes que rigen a las comunidades indígenas del Estado de San Luis Potosí, el Consejo Indígena y las Autoridades Indígenas del Municipio de Ciudad Valles han emitido la convocatoria para la elección de precandidatos que ocuparán el cargo de Coordinadores de la Unidad Especializada para la Atención de los Pueblos y Comunidades.

Esta convocatoria está dirigida a los habitantes, avecindados, posesionarios, ejidatarios y pobladores de los ejidos y comunidades indígenas reconocidos en el padrón estatal del INDEPI. Las comunidades participantes incluyen: La Pitahaya, El Ojo de Agua, San Antonio Huichimal, La Lima, La Subida, Ejido Rancho Nuevo, La Pila, El Chuchupe, Los Sabinos, Tantobal y La Aguaje.

Cada ejido o comunidad deberá convocar a una Asamblea Comunitaria General Ordinaria o Extraordinaria, donde elegirán a un hombre y una mujer como sus representantes, en igualdad de oportunidades. La Asamblea deberá levantar un acta formal que avale el proceso, incluyendo los nombres de las personas seleccionadas. En caso de no presentar candidatos, se deberá justificar mediante acta de Asamblea los motivos de esta decisión.

Los candidatos seleccionados en la primera etapa participarán en una Asamblea de Autoridades, donde se llevará a cabo la elección final. Las fechas y procedimientos específicos serán notificados oportunamente a través de las autoridades comunitarias.

Los interesados en participar deberán cumplir con los siguientes requisitos:

– Ser mayores de edad, con calidad moral comprobada.

– Ser habitantes activos de las comunidades mencionadas.

– Preferentemente hablar, leer y escribir la lengua indígena predominante en su comunidad (no excluyente).

– No contar con antecedentes penales ni observaciones negativas por parte de las autoridades comunitarias.

– Tener nivel educativo básico (preferentemente).

– No formar parte del Comité del Consejo de Autoridades Indígenas Unidos de Ciudad Valles ni ostentar algún cargo público.

– Presentar el acta de su Asamblea General de Pobladores que respalde su propuesta, con firma y sello de las autoridades indígenas.

Para mayor información, las comunidades interesadas pueden acercarse a las autoridades indígenas correspondientes.